¿Qué son los estados de alarma, excepción y sitio? ¿Cuándo se declaran? ¿Quién los declara? ¿Qué derechos se ven afectados? ¡Espero resolver todas tus dudas con esta entrada!
Los estados de alarma, excepción y sitio se encuentran recogidos en la Constitución Española de 1978, en su artículo 116.
La Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, regula estos estados.
A continuación os dejo un breve esquema, que os podéis descargar aquí, sobre los estados de alarma, excepción y sitio.
En el blog podéis encontrar más entradas sobre la Constitución Española.
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